Solicitud de la declaración de utilidad pública

En el año 2002, la Ley Orgánica 1/2002 reguló el derecho de una asociación a ser declarada de utilidad pública. Para ello, deben cumplir un requisito específico: la asociación debe estar constituida e inscrita en el Registro de asociaciones correspondiente con un mínimo de dos años anteriores a la presentación de la solicitud de declaración de utilidad pública.
Desde EMA, asesoría y gestoría en Móstoles, a lo largo de este artículo analizaremos aspectos clave para todas aquellas asociaciones que se estén planteando iniciar dicho trámite. ¿En qué consiste exactamente la declaración de utilidad pública? ¿Quién puede solicitarlo? ¿Cómo se puede iniciar el trámite? ¿Qué documentación es necesaria a presentar? La respuesta a todas estas preguntas a continuación.
Qué es la utilidad pública
La utilidad pública se encuentra reflejada en la Constitución Española de 1978 en el artículo 22 , donde se reconoce el derecho de asociación y la persecución por parte de ésta de fines lícitos.
Entidades de utilidad pública en España
En España, las entidades que puedes solicitar su derecho a la declaración de utilidad pública son:
- Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro: ONG, asociaciones de madres y padres de alumnos…
- Asociaciones deportivas
- Clubes
- Federaciones, confederaciones y uniones de entidades…
Objetivos de las entidades de utilidad pública
Las entidades anteriormente citadas deben perseguir claramente unos objetivos que tengan como fin alcanzar un bienestar social y el desarrollo y progreso sostenible en los siguientes campos:
- Educación
- Defensa del medio ambiente
- Defensa de los consumidores
- Sanidad
- Cultura y deporte
- Derechos humanos
- Cooperación para el desarrollo
- Protección de la mujer
- Protección de la igualdad y tolerancia
- Protección de la familia
- Protección de la infancia
- Desarrollo científico
- Fomento de la economía social
- Valores de la constitución…
Derechos y obligaciones de las entidades de utilidad pública
Las entidades declaradas de utilidad pública tienen una serie de derechos reflejados en el BOE:
- Hacer uso de la mención “Declarada de Utilidad pública” en toda clase de documentos
- Beneficiarse de exenciones y beneficios fiscales: por ejemplo todas las aportaciones recibidas por parte de particulares y personas físicas podrán ser reducidas como donativos en renta
- Disfrutar de beneficios económicos
Por el contrario, las entidades de utilidad pública también se encuentran sujetas a una serie de obligaciones:
- Obligación de cumplimiento de llevanza de libros contables
- Rendir cuentas anuales del ejercicio anterior: deben reflejar de manera fiel el patrimonio de la entidad, los resultados y de la situación financiera, así como el destino y medidas adoptadas en su fin principal
- Realizar una memoria que describa las actividades desarrolladas durante el ejercicio
Requisitos previos para solicitar la declaración de utilidad pública
Toda asociación interesada en obtener la declaración de utilidad pública debe cumplir los siguientes requisitos:
- La entidad debe estar inscrita en el Registro correspondiente, encontrarse en funcionamientos y cumplir los estatutos establecidos
- La entidad debe contar con medios económicos y humanos para llevar a cabo su actividad
- La actividad de la entidad no solo debe beneficiar a sus socios o asociados
- Los estatutos deben promover un interés social no lucrativo
- Los miembros de los órganos de representación no deberán percibir retribuciones de fondos y subvenciones públicas
Si quieres conocer si tu entidad cumple los requisitos necesarios, haz clic aquí.
Documentación a presentar para la solicitud de declaración de utilidad pública
En la página web del Ministerio del Interior podemos encontrar qué documentación será necesaria a presentar una vez iniciemos la solicitud de declaración de utilidad pública:
- Solicitud totalmente cumplimentada: información sobre la entidad, lugar, fecha y firma del solicitante. Además, se deberá proporcionar las razones de la solicitud mediante un informe que justifique los objetivos de la asociación.
- Memoria de actividades: documentación que acredite los dos últimos ejercicios anuales.
- Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados
- Información sobre flujos de efectivo
- Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria: que refleje que la entidad se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social: que acredite que la entidad se encuentra al corriente en sus obligaciones en la Seguridad Social
- Copia compulsada del Impuesto sobre Actividades Económicas
- Certificación del acuerdo del órgano de la asociación correspondiente
Conclusiones
Las asociaciones declaradas como utilidad pública deberán aportar valor añadido a la sociedad, ayudando a fomentar elementos indispensables como la educación, el desarrollo científico, defensa de derechos, desarrollo de infraestructuras… Para ello, este tipo de entidades han debido de demostrar que su ejercicio cumple una serie de requisitos para poder haber sido merecedoras de dicha calificación.
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