Recuperar tus años de cotización por antiguas prácticas formativas: guía completa
Si hiciste prácticas durante la carrera, un ciclo de FP o un máster y nunca cotizaste por ellas, hay una buena noticia: la Seguridad Social te da hasta 2028 para recuperar esos años y que cuenten de cara a tu pensión. Mucha gente ni siquiera sabe que esto existe, así que si estás leyendo esto, ya vas un paso por delante.
En EMA Asesoría llevamos meses gestionando este trámite para clientes de Móstoles y de toda la Comunidad de Madrid, y la pregunta que más nos hacen es siempre la misma: “¿esto realmente me compensa?”. Vamos a explicártelo con calma, sin tecnicismos innecesarios, para que puedas decidir con información real.
Qué es esto exactamente
Desde agosto de 2024, gracias a la Orden ISM/386/2024 y a las mejoras introducidas por la Orden ISM/812/2024 (publicadas en el BOE), puedes firmar un convenio especial con la Seguridad Social para que los periodos de prácticas formativas que hiciste en su día, y por los que no se cotizó nada, pasen a contar como años cotizados de verdad.
Dicho de forma sencilla: pagas ahora una cuota (con condiciones bastante favorables) por aquellos meses de prácticas del pasado, y esos meses se suman a tu vida laboral. Eso puede traducirse en una jubilación antes, una pensión algo mayor, o simplemente en tener una carrera de cotización más completa si en algún momento necesitas justificar periodos cotizados.
Quién puede pedirlo
No todo el mundo que hizo prácticas puede acogerse a esto. Los perfiles que sí encajan son:
Estudiantes universitarios que hicieron prácticas dentro de un título oficial (grado, máster, doctorado) o de un título propio de la universidad. Estudiantes de Formación Profesional, siempre que no fueran prácticas de la modalidad intensiva. Alumnos de enseñanzas artísticas superiores, artísticas profesionales o deportivas dentro del sistema educativo. Personas que participaron en programas de formación para la investigación, en España o en el extranjero, antes del 4 de febrero de 2006.
En cuanto a las fechas, hay dos supuestos distintos: si tus prácticas no fueron remuneradas, tienen que haberse realizado antes del 1 de enero de 2024. Si sí cobrabas algo pero no se cotizaba por ti, el límite está en el 1 de noviembre de 2011, fecha en la que cambió la normativa y las prácticas remuneradas empezaron a generar cotización de forma obligatoria.
Ojo con una cosa: si ya estás jubilado o cobras una pensión de incapacidad permanente, en principio no puedes acogerte a esto, salvo algunas excepciones muy concretas recogidas en la normativa.
Cuánto cuesta recuperar esos años
Aquí no hay una cifra única, porque el coste depende del año en el que hiciste las prácticas. La cuota se calcula sobre la base mínima de cotización del grupo 7 del año correspondiente, y al resultado se le aplica un coeficiente reductor del 0,77, que abarata bastante la factura final.
Cuanto más antiguo es el periodo, más baja suele ser la cuota, porque las bases de cotización de hace décadas eran mucho menores que las actuales.
Puedes recuperar hasta 1.825 días, es decir, unos 5 años como máximo. Y si ya solicitaste este convenio especial entre mayo y agosto de 2024, bajo la normativa anterior, puedes pedir acogerte ahora a las nuevas condiciones, que son más ventajosas.
Cómo se paga
Tienes dos opciones. Puedes pagarlo todo de una vez, en el plazo de un mes desde que se formaliza el convenio. O puedes fraccionarlo en cuotas mensuales, hasta un máximo de 84 meses (7 años), con domiciliación bancaria obligatoria en ambos casos.
Si vas a fraccionar, ten en cuenta que estás asumiendo un compromiso de pago a bastante largo plazo, así que conviene hacer números antes de firmar.
El plazo para solicitarlo
Tienes hasta el 31 de diciembre de 2028 para presentar la solicitud. Parece lejano, pero cuanto antes lo tramites, antes empiezan a contar esos años y antes sabes con certeza cuánto te va a costar, porque las condiciones económicas pueden variar.
Cómo se solicita, paso a paso
El trámite se hace a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, así que si no tienes certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, ese es el primer paso antes de nada.
- Reúne la documentación que acredite que hiciste esas prácticas: certificados de la universidad, del centro formativo o de la empresa donde las realizaste, con las fechas concretas de inicio y fin.
- Entra en el apartado de la Sede Electrónica llamado “Alta, baja o variación de datos del convenio especial” y localiza la opción específica para prácticas formativas.
- Presenta la solicitud junto con toda la documentación acreditativa.
- Espera la resolución. La Seguridad Social tiene hasta seis meses para responder, y si no contesta en ese plazo, se entiende que la solicitud queda aprobada por silencio administrativo positivo.
- Una vez aprobado, formaliza el pago, ya sea en un único ingreso o mediante domiciliación fraccionada.
Suena sencillo sobre el papel, pero en la práctica es habitual encontrarse con certificados antiguos que hay que reclamar a universidades o empresas que ya casi ni existen, plazos de respuesta que se alargan, o dudas sobre qué base de cotización te van a aplicar exactamente. Ahí es donde nosotros solemos entrar a ayudar.
¿De verdad compensa?
Depende de tu situación, y por eso no le vamos a decir que sí a todo el mundo. Si te faltan pocos años para llegar a la jubilación ordinaria, o si tienes lagunas de cotización que te están penalizando la base reguladora, recuperar estos periodos puede tener un impacto real en tu pensión final. Si por el contrario ya tienes una carrera de cotización muy larga y completa, el beneficio puede ser mucho más limitado.
Lo que sí recomendamos siempre es hacer el cálculo antes de firmar nada: cuánto te va a costar el convenio completo frente a cuánto puede subir tu pensión o adelantarse tu jubilación. Con esos dos números encima de la mesa, la decisión se toma sola.
Cómo te ayudamos desde EMA Asesoría
En EMA Asesoría nos encargamos de todo el proceso: revisamos tu vida laboral, te ayudamos a localizar y reclamar los certificados de tus prácticas, calculamos qué cuota te correspondería según el año en que las hiciste, y presentamos la solicitud por ti en la Sede Electrónica. Si estás en Móstoles o alrededores, también puedes venir a vernos en persona y lo revisamos juntos con tu vida laboral delante.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recuperar prácticas hechas en el extranjero?
Sí, siempre que se trate de programas de formación para la investigación reconocidos, aunque se hayan realizado fuera de España.
¿Y si hice varias prácticas en distintos años?
Puedes solicitar la recuperación de varios periodos siempre que en conjunto no superen los 1.825 días (5 años).
¿Qué pasa si ya pedí este convenio en 2024 con las condiciones antiguas?
Puedes acogerte a las nuevas condiciones, generalmente más favorables, presentando una nueva solicitud.
¿Es obligatorio pagarlo todo de golpe?
No, puedes fraccionarlo hasta en 84 mensualidades, aunque siempre con domiciliación bancaria.
¿Hay algún caso en el que no me convenga hacerlo?
Si ya tienes una carrera de cotización completa y no te faltan años para la jubilación, el beneficio puede ser mínimo. Por eso conviene hacer el cálculo antes de decidir.
¿Quieres saber si en tu caso compensa recuperar esos años? Escríbenos y revisamos tu vida laboral sin compromiso.
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