Titularidad Real de tu empresa

titularidad-real

A lo largo del presente artículo, desde EMA, asesoría y gestoría en Móstoles, vamos a analizar la nueva nueva obligación mercantil para tu Empresa: la presentación del documento de Titularidad Real en sus Cuentas Anuales de 2017 en adelante.

Seguramente te estés preguntando, ¿qué supone esto y cómo debe afrontar este cambio mi empresa? ¡No te preocupes! La respuesta a continuación.

¿Qué es la Titularidad Real?

En relación con la modificación de las directrices que rigen la confección y presentación de Cuentas Anuales de empresas y personas jurídicas, os exponemos la novedad principal que afecta a los socios y administradores de todas las empresas.

Tal y como nos indica la Orden JUS/319/2018, del 21 de Marzo, y publicada en el B.O.E. del 27 de Marzo de 2018, será obligatorio la presentación de la Declaración de Titularidad Real de la persona jurídica dentro de la remisión de las Cuentas Anuales de todos aquellos ejercicios económicos con fecha de inicio posterior a 1 de Enero de 2.017.

Así, pasamos a enumerar aclaraciones sobre varios puntos interesantes para todas aquellas empresas que no coticen en mercados negociados, único requisito que excluye de esta responsabilidad mercantil de obligado cumplimiento:

¿Quién es titular real de una empresa?

  1. Aquella persona o personas físicas que controlen directa o indirectamente un porcentaje de participación en el capital de la sociedad superior al 25%: todas ellas deberán ser reflejadas con los datos personales oportunos en el documento remitido al Registro Mercantil.
  2. En caso de no darse esta situación, se considerará titular real al administrador@ vigente en el ejercicio que se viene declarando.
banner-ayuda-gestion-empresa

¿Cuál es el motivo y propósito de la Titularidad Real?

  1. Provocar un efecto útil en sentido vertical sobre los sujetos obligados y autoridades a quien exigir determinadas obligaciones censal, mercantil, jurídicas y similar.
  2. En concreto, viene ocasionado por los sistemas de prevención del sistema financiero y blanqueo de capitales, vinculación de sociedades y personas físicas, etc…

Obligaciones de la Titularidad Real

  1. Están obligadas todas aquellas sociedades y personas con entidad jurídica, exceptuando aquéllas que coticen en mercados negociados.
  2. Se hará la presentación de dicho documento anexándolo a la presentación de las Cuentas Anuales de la sociedad en cuestión del ejercicio que se esté solicitando inscribir: el ejercicio 2017 será el primero que incluya tal obligación.
  3. Además, es obligatorio contar con un Acta de Titularidad Real expedida en escritura pública y que se dé la conformidad por parte de notario de todos los datos arriba enunciados.

Éste último documento cobra también importancia en el plano de actuaciones en nombre de una empresa: a día de hoy, la solicitud de financiación bancaria o el inicio de cualquier relación comercial o contractual con terceros requiere ya de la presentación de esta acta pública que acredite quién está actuando como representante y bajo qué concepto.

Conclusiones

Una de la principal función de la Titularidad Real es prevenir el blanqueo de capitales. Gracias a la información facilitada, el Registro Mercantil genera un Registro público de Titularidad Real, al cual podrán tener acceso las entidades financieras o autoridades competentes.

Si necesitas información adicional o asesoramiento, ¡no dudes en contactar con nosotros! Desde EMA, estaremos encantados de ayudarte sobre cualquier tema relacionado con servicios en gestoría administrativa, fiscal y contable o servicios auxiliares.