PYME o gran empresa

¿Cuándo una PYME pasa a ser una gran empresa?
Una entidad mercantil, desde su constitución, está considerada como una “PYME”: pequeña y mediana empresa. Aplicará la legislación contable del Plan General Contable de 2.008 abreviado, liquidará sus impuestos trimestrales, declaraciones informativas anuales y los pagos a cuenta de acuerdo a la cuota del último impuesto de sociedades depositado.
Con el desarrollo de la actividad y el crecimiento de su facturación a clientes, se llegará a alcanzar la condición tributaria de Gran Empresa si su volumen de negocio u operaciones comerciales del ejercicio económico inmediatamente anterior resulta superior a 6.010.121,04 euros.
Obligaciones de la empresa cuando pasa de ser PYME a gran empresa
El alta en el sistema de Gran Empresa tiene 2 impactos directos: a nivel tributario y a nivel contable.
- A nivel tributario:
- Todas las autoliquidaciones de impuestos pasarán de hacerse de manera trimestral a hacerse todos y cada uno de los meses: hablamos del modelo 111, 303, 349 y/o 123, los cuales se calcularán, confeccionarán y presentar en los primeros 20 días naturales del mes siguiente al que se liquida en ese momento.
- Por otra parte, los pagos a cuenta del impuesto de sociedades sí se seguirán haciendo los meses de Abril, Octubre y Diciembre: sin embargo, se tomará como base de cálculo del mismo la base imponible del año económico en curso.
- A nivel contable, el paso a Gran Empresa también genera la obligación de pertenencia al sistema “S.I.I.”: Sistema Inmediato de Información. En esta situación, se remitirá a la A.E.A.T. a mes vencido las facturas registradas en esa mensualidad y se irán confeccionando los libros registros de ingresos y gastos y bienes de inversión a través de la propia Agencia Tributaria. Hablamos, así, de una contabilidad “a tiempo real”.
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Otro impuesto a tener en cuenta: INTRASTAT
La declaración informativa “INTRASTAT” es aquel documento que se presenta ante la A.E.A.T. cuando el volumen de intercambios de bienes con otros Estados miembros de la Unión Europea supera los 400.000 euros.
Hay que diferenciar, en este aspecto, que ese importe límite diferencia entre el flujo de salida y de entrada de los bienes: es decir, el límite será de 400.000€ de ventas y, por otra parte, de 400.000€ de compras.
Entre otros, los datos informados en esta declaración son: el estado miembro de procedencia, el respectivo de destino, así como el código de mercancía transportada y el importe facturado.
¿Cuándo tiene que auditar sus cuentas mi empresa?
Vamos a abrir otro aspecto muy importante de una Gran Empresa: la auditoría de sus cuentas contables.
Viene directamente condicionado y legislado en el artículo 257, del Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de Julio, por el que se regula la Ley de Sociedades de Capital.
Una sociedad estará obligada a auditar sus cuentas anuales cuando, durante 2 ejercicios continuados, se cumplan 2 de los 3 requisitos siguientes:
- Cifra de negocios superior a 5.700.000 euros
- La totalidad de sus activos supere los 2.850.000 euros
- El número medio de trabajadores durante el ejercicio supera los 50 trabajadores
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