Cómo solicitar un permiso para acceder a Madrid Central para usuarios autónomos o empresa

La crisis medioambiental se hace cada vez más evidente. Lo que ha llevado a los gobiernos del mundo a tomar medidas urgentes que promuevan la conservación del ambiente y frenen cuanto antes su deterioro. El gobierno español no se quedó atrás en esta materia e implementó en el año 2018 un proyecto llamado “Madrid Central”. Se propone reducir la movilización automotriz en el Distrito Centro de Madrid como una medida para reducir las emisiones de carbono. La implementación de este proyecto ha traído consecuencias para las personas que circulan de forma regular por esta zona, entre otras cosas, porque se han impuesto multas para aquellos que incumplan su reglamento.

Actualmente, gracias a las reuniones sostenidas en el ayuntamiento con la plataforma de Afectados por Madrid Central, han surgido una serie de reformas que flexibilizan la circulación. Permitiendo proteger al medio ambiente sin perjudicar las labores de los madrileños. Esto incluye a los autónomos quienes, junto a los pequeños empresarios, ahora pueden circular con su coche por Madrid Central sin tener que ser penalizados.

Si eres autónomo o tienes un negocio ubicado dentro de Madrid Central este post es ideal para ti. El equipo de EMA, asesoría y gestoría en Móstoles,  hemos elaborado un artículo completo donde te enseñamos los aspectos más relevantes de Madrid Central: qué es, cuáles son sus beneficios y los permisos que se deben solicitar para circular libremente a través de ella, entre otros.

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Qué es Madrid Central?

Madrid central, nombrada recientemente Madrid 360, es una zona de bajas emisiones que forma parte del Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático. Con una extensión de 472 hectáreas, se encuentra ubicada en el Distrito Centro de Madrid e incluye las cuatro zonas de prioridad residencial. Es decir, el barrio de las Letras, Embajadores, Cortes y Ópera. Además, abarca los distritos de Justicia, Universidad y Sol.

Madrid Central surgió como una medida para reducir la contaminación en la ciudad. La cual había superado los límites máximos impuestos por la Unión Europea. Por ello, este proyecto transformó el Distrito Centro de Madrid en un pulmón para la ciudad. Favoreciendo el desplazamiento de peatones, bicicletas y transporte público por esta zona de la capital.

¿Cuáles son los beneficios de Madrid Central?

Entre los principales beneficios destacamos:

  • Disminución del 37% del tráfico en la zona.
  • Descenso del 40% de las emisiones de dióxido de nitrógeno, cuyos niveles superaban a los reglamentarios desde 2010.
  • Liberación de espacios públicos, lo que implica mayor disfrute para los madrileños.
  • Disminución de la contaminación sónica en el Distrito Centro de Madrid.

¿Quién puede circular por Madrid Central?

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A pesar de ser una medida para restringir la circulación eso no significa que ningún vehículo pueda circular por él. De forma general, pueden moverse por Madrid Central los residentes, personas con movilidad reducida y servicios de seguridad y emergencias. Así mismo, tras las reformas, se han contemplado algunas excepciones, moratorias y extensiones de horarios para colectivos o trabajadores de acuerdo a los requerimientos de su profesión. En este último grupo se incluyen los autónomos, quienes a partir de 2019 recibieron un indulto que les permitía, tras solicitar un permiso, circular libremente por Madrid Central.

Qué permiso necesita un autónomo para circular por Madrid Central?

A partir de marzo de 2019, por medio de un indulto emitido por el Ayuntamiento de Madrid, se incluyó a los autónomos dentro de la lista de excepciones para el acceso libre a Madrid Central. Es necesario entonces que el autónomo haga la gestión de alta de persona para obtener la autorización de libre disposición. Una vez obtenido el código de usuario, los autónomos pueden gestionar los permisos de acceso a Madrid Central a través de cualquiera de las modalidades de solicitud.

¿Cómo se tramita el permiso de acceso de autónomos a Madrid Central?

Hemos llegado al punto que más nos concierne ya que en EMA podemos prestaros toda la asesoría necesaria para tramitar el permiso de autónomos para Madrid Central. La gestión de alta de persona debe ser realizada por el titular, sin embargo, también es posible gestionarla a través de un representante que porte una autorización detallada.

El permiso de acceso de autónomos a Madrid Central se tramita mediante cuatro modalidades:

  • En línea: a través del portal web  madrid.es es posible gestionar el permiso mediante dos formas:
    • Código de usuario, habilitado únicamente para personas físicas.
    • Acceso por Mi carpeta, habilitado tanto para personas físicas como jurídicas. Requiere la consignación del certificado electrónico o del sistema de claves del Ayuntamiento de Madrid.
  • Por teléfono: cuando no es necesario presentar documentación se puede tramitar el permiso contactando al número 010 (915 298 210).
  • Presencialmente: la oficina en la que debemos presentarnos varía dependiendo del trámite a realizar.
    • Para solicitar el permiso de nuevas vehículos, vehículos en tramite de cambio de titularidad o adquisición, en régimen de renting, alquiler o sustitución, el tramite se gestiona en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía sin previa cita.
    • Los vehículos con matricula extranjera o diplomática, vehículos en régimen de retribución en especie o vehículos en usufructo deben gestionar el permiso en la Oficina Especializada de Atención a la Ciudadanía (Oficina de Madrid Central), calle Bustamante Número 16.
  • Vía Twitter: al igual que como ocurre con el trámite por teléfono, si no se necesita presentar documentación la solicitud puede tramitarse a través de la cuenta en Twitter de Línea Madrid @lineamadrid.

¿Documentos requeridos para tramitar el permiso de acceso de autónomos a Madrid Central?

En caso de que el vehículo utilizado no sea propiedad del autónomo es necesario presentar documentación acreditativa adicional:

  • Nuevas adquisiciones, es decir, vehículos que no estén registrados aún en la DGT: se debe presentar la ficha técnica del vehículo y el permiso de circulación.
  • Vehículos en trámite de adquisición o cambio de titularidad: se debe presentar la autorización provisional de circulación del vehículo o un justificante profesional de cambio de titularidad.
  • Vehículos alquilados: se debe presentar el contrato donde consta al autónomo como arrendatario y el acta o contrato de entrega donde figure la matricula del vehículo.
  • Vehículos de sustitución:
    • Si esta averiado se debe presentar el resguardo de depósito u orden de reparación del vehículo emitido por el taller o en su defecto un contrato de sustitución de la aseguradora.
    • Si fue robado: se debe presentar la denuncia realizada en la comisaria o en su defecto un contrato de sustitución de la aseguradora.
  • Vehículos con matrícula extranjera o diplomática: se debe presentar el permiso de circulación y la ficha técnica o documento de la Dirección General de Tráfico donde se acredite la categoría de clasificación ambiental del vehículo.
  • Vehículos en usufructo: se debe presentar el documento público donde se acredite tal derecho.
  • Vehículos en régimen de retribución en especie: deben presentar la nómina o certificado conste la retribución en especie y la póliza de seguro donde figure la persona empadronada como conductora habitual del mismo.

¿En qué consiste el protocolo anticontaminación?

El protocolo anticontaminación consiste en un código de pegatinas que deben ser colocadas de forma obligatoria en vehículos que no posean una excepción de circulación para que puedan ingresar en Madrid Central. Cada una de las pegatinas tiene un código de colores que representa una excepción particular, te explicamos un poco de que va:

  • Pegatina azul: representa el distintivo ambiental de 0 emisiones. Esta pegatina debe ser colocada en vehículos eléctricos o de tipo híbrido enchufable, así como a motocicletas que compartan sus mismas características. Los vehículos que portan este distintivo pueden circular libremente por Madrid Central y estacionar en zona SER sin ninguna restricción de horario.
  • Pegatina azul y verde: representa el distintivo ambiental ECO. Debe ser colocada en vehículos híbridos o en aquellos propulsados por gas. Estos vehículos también podrán circular por Madrid Central, pero podrán estar estacionados en zona SER únicamente por un periodo de 2 horas.
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  • Pegatina verde: representa el distintivo tipo C. Se coloca en vehículos de turismos y furgonetas de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir del año 2014. Estos vehículos pueden circular en Madrid Central, pero deben aparcar en estacionamientos públicos, garajes privados o en reserva de estacionamiento no dotacional.
  • Pegatina amarilla: representa el distintivo tipo B. Debe ser colocada en vehículos que utilizan gasolina, matriculados a partir de enero del año 2000, o diésel a partir de enero de 2006. Esta etiqueta es la más restrictiva y permite la circulación por Madrid Central únicamente si viajan en el vehículo más de dos personas. En este caso las normas de aparcamiento aplican igual que para la pegatina verde.

Conclusiones

La libre circulación de los autónomos por Madrid Central representa una mejora considerable para los 10.714 autónomos que laboran en la ciudad. Si eres autónomo y aún no has gestionado tu permiso de ingreso a Madrid Central desde EMA, asesoría y gestoría en Móstoles, te ofrecemos nuestros servicios para realizar el trámite. ¡Contacta con nosotros! Estaremos encantados de ayudarte.